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Este es el Primer documento que se haya presentado oficialmente ante la Asamblea de Representantes del Distrito Federal. fue elaborado por integrantes de diversas asociaciones de operadores de videojuegos.

Tomado de http://www.amovac.com

Por medio de la presente, agradecemos a usted de antemano la oportunidad que nos brinda de expresarle nuestra problemática.

Como ya es de su conocimiento, el día 22 de mayo de 1998, se publicó en la gaceta oficial EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES EN EL DISTRITO FEDERAL, la cual en el artículo 65 párrafo II dice así:

"Los establecimientos mercantiles que funcionan con autorización mediante declaración de apertura en ningún caso podrán contar como giro complementario la prestación de servicio de video juegos"

Esta pequeña modificación a la ley afecta, directamente, a màs de diez mil familias que nos dedicamos al giro de video juego en menor escala, es decir, nosotros somos personas que colocamos máquinas de video juego como giro complementario en papelerías, farmacias, tiendas de abarrotes y similares, pues así es mayor nuestro margen de aprovechamiento ya que no contamos con los recursos económicos suficientes para arrendar locales exclusivos de este giro.

La mayor parte de nosotros somos padres de familia , jubilados, desempleados , amas de casa, madres solteras, discapacitados y estudiantes, y el único ingreso que se tiene es el de esta fuente de trabajo la cual consideramos lícita y honorable.

Asimismo, la ley también afecta a cientos, y muy probablemente, a miles de misceláneas, farmacias, tiendas de abarrotes y similares, ya que tendrán que cerrar su negocio toda vez que con el pequeño ingreso que les dejan las máquinas de video juego pagan o complementan los gastos de sus negocio y/o su ingreso familiar. Este noble giro ha permitido a muchos de estos dueños de pequeños comercios seguir funcionando y no cerrar sus negocios debido a la crisis económica del país.

El 95% de la gente empleada en video juegos somos nosotros, los de bajos recursos económicos, los que día a día trabajamos arduamente para lograr una vida un poco màs digna; y en este momento con la modificación de la ley se nos quita toda posibilidad de salir adelante y brindarles a nuestra familias un futuro estable.

Esta ley solo beneficia al 5% de esta industria que son empresarios que cuentan con grandes capitales para poder establecer locales en plazas comerciales específicos de este giro.

Es por ello que solicitamos de la manera màs atenta que usted, como nuestra autoridad, nos apoye y tome en cuenta nuestras sugerencias y peticiones .

1. Ampliación de la prórroga del acuerdo 01/98 y 02/98, o bien que se plantee una estrategia temporal para que no se nos afecten nuestras fuentes de trabajo, mientras ustedes reconsideran la situación.

2. Que exista un mecanismo de interlocuciòn entre la asamblea legislativa del Distrito Federal y nosotros los operadores de video juego para establecer, conjuntamente, una mesa de trabajo en la que se resuelva de fondo esta problemática.

3. Proponemos que se pague un derecho por cada máquina que opere en cualquier giro complementario, y que este pago sea máximo de un salario mínimo bimestral directo a tesorería a cambio de un recibo y/o calcomanía para la máquina, tal y como se hace en algunos estados de la República y como se hizo aquí entre el año de 1979 a 1982.

Razonamiento:
a) Es de todos sabido que los problemas económicos del gobierno del D.F. son graves, de tal suerte que nosotros los operadores de maquinas de video juego podríamos cooperar para mejorar en el desarrollo económico de nuestra ciudad.

4. Que se derogue el párrafo II del artículo 65, donde se nos prohibe la prestación de servicios como giro complementario.

Razonamiento:
a) Al estar las máquinas de videojuego cerca de las casas de los jóvenes usuarios, ellos no tendrán el riesgo de desplazarse hasta las plazas comerciales.
b) La ubicación cercana de los video juegos respecto a los hogares de los usuarios facilita a los padres de familia la localización pronta de sus hijos y por lo tanto una mayor vigilancia de ellos.
c) Los dueños de las papelerías , farmacias, misceláneas y similares siempre buscarán el prestigio de sus establecimientos, por lo cual no permiten la entrada a cualquier sujeto enajenante a la sociedad.
d) La prestación del servicio de video juegos en las papelerías, farmacias, misceláneas y similares, ha permitido a muchos de ellos seguir funcionando y no cerrar sus negocios debido a la crisis económica del país

5. Que la ubicación de los establecimientos mercantiles con giro complementario de video juegos respecto a las escuelas de educación básica primarias y secundarias, no sea mayor de 100 metros.

Razonamiento:
a) Igual al inciso a y b de la propuesta 4. Son puntos estratégicos de entretenimiento sano donde se reúnen los jóvenes y niños, y donde los padres de familia pueden localizar pronto a sus hijos asimismo vigilar el ambiente en el que se encuentran.
b) Además en muchas partes del mundo y en algunas de nuestro país en la frontera con U.S.A, se permiten incluso dentro de las escuelas, siempre y cuando tengan ciertas características solicitadas por los educadores.

6. Aprovechar en bien de la comunidad los espacios que tienen las máquinas de video juegos como:

Razonamiento:
a) Colocar en los copetes de las máquinas información en Pro del desarrollo las campañas sociales, culturales, deportivas etc.

7. Que los video juegos por su contenido se clasifiquen.

ATENTAMENTE

Por una sana diversión.

C. Ana Julia Valay H.
C. María de Lourdes López Rangel
C. Guillermo López Rangel
C. Hector Alvarado Martínez
C. Ricardo Ruiz Santana
C. Salvador Patlani